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Relación de alta dirección: indemnización por despido y preaviso

06/04/2026

Relación de alta dirección: el despido improcedente no elimina la indemnización por preaviso

El Tribunal Supremo ha fijado doctrina sobre un aspecto clave en la relación de alta dirección: cuando el despido es declarado improcedente, la empresa debe abonar no solo la indemnización por la extinción, sino también la indemnización por falta de preaviso si esta estaba pactada.

La sentencia refuerza así el valor de las cláusulas contractuales en la relación de alta dirección y evita que el despido improcedente pueda utilizarse para dejar sin efecto el preaviso.

Despido improcedente en la relación de alta dirección

Según los hechos probados, un alto directivo fue despedido disciplinariamente por una corporación profesional. Ese despido fue posteriormente declarado improcedente, optando la empresa por extinguir la relación de alta dirección mediante indemnización.

El trabajador reclamó entonces la cantidad prevista en su contrato por la falta de preaviso de seis meses, configurada como una garantía específica dentro de la relación de alta dirección.

Rechazo inicial de la indemnización por preaviso

El Juzgado de lo Social y el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco rechazaron la reclamación. Consideraron que el contrato excluía el preaviso en caso de despido del gerente.

Sin embargo, esa interpretación fue corregida por el Tribunal Supremo, al entender que no puede aplicarse de forma general a cualquier extinción en la relación de alta dirección.

Doctrina del Tribunal Supremo en la relación de alta dirección

Compatibilidad de indemnizaciones en la relación de alta dirección

El Tribunal Supremo reitera su doctrina: en la relación de alta dirección, la indemnización por despido improcedente es compatible con la indemnización por falta de preaviso.

Se trata de conceptos distintos. La indemnización por despido compensa la extinción injustificada de la relación de alta dirección. La indemnización por preaviso responde al incumplimiento de una obligación contractual concreta.

Por ello, ambas pueden coexistir sin que una excluya a la otra.

Alcance de la cláusula de preaviso

El contrato establecía que no era necesario preaviso en caso de despido. No obstante, el Supremo interpreta que, en la relación de alta dirección, esa exclusión solo puede referirse al despido procedente.

No puede extenderse a un despido que posteriormente se declara improcedente. Admitir lo contrario permitiría a la empresa eludir el preaviso mediante una decisión sin causa suficiente.

El preaviso en la relación de alta dirección mantiene su eficacia

Evitar que el despido improcedente vacíe el contrato

El Tribunal advierte que permitir esa interpretación supondría dejar la extinción de la relación de alta dirección al arbitrio del empleador. Bastaría con un despido sin base para evitar el preaviso pactado.

Esto vaciaría de contenido la cláusula contractual y sería contrario a la prohibición del abuso de derecho.

La extinción indemnizada implica incumplimiento del preaviso

Cuando la empresa opta por indemnizar tras declararse improcedente el despido, esa decisión equivale a extinguir la relación de alta dirección sin respetar el preaviso.

En ese caso, la cláusula contractual despliega sus efectos y genera el derecho a percibir la indemnización correspondiente.

Fallo del Tribunal Supremo en la relación de alta dirección

El Tribunal Supremo estima el recurso, anula la sentencia del TSJ del País Vasco y reconoce al alto directivo el derecho a percibir 75.732,20 euros más intereses legales por el preaviso incumplido.

La sentencia consolida que, en la relación de alta dirección, el despido improcedente no neutraliza las garantías económicas pactadas. El preaviso sigue siendo exigible y su incumplimiento genera una indemnización autónoma.