CNMC | Registro de alias de SMS será obligatorio para enviar mensajes con marca
Control de remitentes en mensajería
Marco regulatorio y justificación jurídica
La CNMC ha aprobado una nueva circular que regula el Registro de alias en el ámbito de las telecomunicaciones. Esta medida se fundamenta en la Orden TDF/149/2025, que habilita actuaciones específicas para combatir el fraude mediante comunicaciones electrónicas. La proliferación de prácticas de suplantación de identidad ha motivado la adopción de este instrumento regulatorio.
El uso indebido de alias, especialmente mediante la simulación de entidades financieras o comerciales, ha generado un incremento de riesgos para los usuarios. La norma introduce un sistema preventivo que condiciona la validez de los mensajes a la verificación previa del remitente.
Estructura del Registro de alias
El Registro constituye una base de datos de identificadores alfanuméricos autorizados. Para su inscripción, los titulares deberán acreditar su legitimidad mediante la vinculación del alias con elementos identificativos como marcas o denominaciones sociales.
El sistema permite que proveedores de mensajería actúen en nombre de los titulares, siempre que exista autorización. Esta configuración garantiza un control centralizado y evita el uso fraudulento de nombres comerciales.
Régimen de obligaciones y control
La circular impone a los operadores la obligación de verificar los mensajes antes de su entrega. En caso de incumplimiento, deberán proceder a su bloqueo. Las causas de bloqueo incluyen el uso de alias no registrados, la intervención de proveedores no habilitados o la falta de autorización.
Igualmente, se restringen los mensajes procedentes del extranjero cuando no exista inscripción en el Registro, con excepción de situaciones de itinerancia. Estas previsiones buscan reforzar la seguridad jurídica y técnica del sistema.
Entrada en vigor y aplicación progresiva
La norma prevé un periodo transitorio para facilitar la adaptación de los operadores. Durante este plazo, podrán realizarse pruebas técnicas y registros masivos. La fecha clave es el 7 de junio de 2026, momento en el que el sistema será plenamente operativo.
Desde entonces, el incumplimiento de las condiciones dará lugar al bloqueo automático de los mensajes, consolidando el carácter obligatorio del Registro.
